¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad en España?

Escrito por Mireia

- 28 mar 2026

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Concepto clave
  • Permite cancelar deudas a personas físicas y autónomos en situación de insolvencia
  • Desde 2026 los juzgados exoneran deuda pública por encima de 10.000 €
  • El coste del proceso oscila entre 2.500 € y 5.000 € según complejidad
  • Tras la cancelación, se eliminan los datos de ficheros de morosos como ASNEF

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad es una normativa legal que permite a particulares y autónomos liberarse de las deudas que no pueden afrontar, liberando de las cargas financieras insostenibles y ofreciendo la posibilidad de comenzar de nuevo.

Debes saber que solo pueden acceder aquellos que se encuentren en situación de insolvencia, y que este proceso judicial implica la cancelación o renegociación de las deudas por abogados o empresas reparadoras de crédito.

No se cancelan todas las deudas ya que hay algunas que por ley no se pueden exonerar

Esta Ley de Segunda Oportunidad se promulgó el 28 de julio del 2015 con el propósito de ayudar y proteger tanto al deudor como al acreedor. 

De este modo, ofrecen una "segunda oportunidad" a aquellos que se hallan en una situación financiera inviable, permitiéndoles reintegrarse al sistema. 

Asimismo, contribuye al acreedor o prestamista facilitando la recuperación de una parte del capital prestado mediante la reestructuración y negociación de las deudas.

La Ley de la Segunda Oportunidad solo aplica para personas físicas o autónomos.

En el caso de personas jurídicas (empresas) en estado de insolvencia, entonces puedes recurrir al Concurso de Acreedores, cuyo objetivo es similar al de la Ley de Segunda Oportunidad en España, aunque enfocado exclusivamente a empresas.

Novedades de la Ley de Segunda Oportunidad en 2026

La Ley de Segunda Oportunidad ha experimentado cambios significativos en los últimos años. En 2024 el BOE publicó reformas que la hicieron más accesible, y en 2026 el Tribunal Supremo ha consolidado una doctrina que amplía todavía más la protección del deudor.

Estos son los cambios más relevantes:

  • Desde 2024 se pueden exonerar deudas públicas: es decir deudas con Hacienda o la Seguridad Social hasta un máximo legal de 10.000 € por acreedor público. Los primeros 5.000 € se perdonan completamente y del tramo entre 5.000 € y 10.000 € se exonera el 50%.

  • El Tribunal Supremo va más allá del límite de 10.000 €: en 2026, numerosos juzgados y el propio Tribunal Supremo están consolidando una doctrina que permite exonerar íntegramente el crédito público, incluso por encima de ese límite legal. Esto incluye intereses, recargos y sanciones que antes quedaban excluidos.

  • Se elimina la fase extrajudicial obligatoria: ya no es necesario pasar por notaría, Registro Mercantil ni nombrar mediador concursal. El procedimiento pasa directamente al juzgado mercantil, lo que agiliza y abarata el proceso.

  • La derivación de responsabilidad ya no bloquea el acceso: el Tribunal Supremo ha dejado claro que una derivación de responsabilidad no impide por sí sola acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, aunque cada caso se analiza individualmente.

  • Mayor control sobre la buena fe: los juzgados exigen identificar correctamente todas las deudas y acreedores. Las deudas no comunicadas durante el procedimiento no se cancelarán.

  • Protección reforzada de la vivienda habitual: la normativa actual permite conservar la vivienda habitual sin necesidad de venderla para liquidar deudas.

¿Qué se espera en los próximos años?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sigue analizando si la aplicación española de esta ley cumple con la Directiva europea 2019/1023. Esto podría provocar nuevos ajustes en los procedimientos y requisitos.

Un cambio importante ya en vigor: el plazo para volver a acogerse a esta Ley ha pasado de 10 años a 5 años. Es decir, un deudor que se acogió a esta Ley puede volver a solicitarla transcurridos 5 años. Este cambio ha generado discrepancias, sobre todo entre los acreedores que consideran que puede derivar en abusos del sistema.

Requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad en España

Como se mencionó, cualquier ciudadano español o extranjero, con la residencia legal en España y que cumpla con siguientes requisitos puede acogerse a esta ley.

  • Ser persona física o autónomo

  • Demostrar insolvencia: es decir que no se trate de un bache financiero temporal y que por tanto no tenga los medios económicos para liquidar las deudas

  • Tener 2 deudas con diferentes acreedores: es necesario tener un mínimo de dos deudas con acreedores diferentes, por ejemplo una deuda de un préstamo en el banco y otra deuda de un pago a Hacienda

  • Que el deudor no tenga ninguna condena por delitos económicos: es decir que no haya cometido delitos en los últimos 10 años antes de declararse en quiebra, por ejemplo fraude, falsificación de documentos o evasión fiscal. Si existe un proceso penal en curso, el juez no podrá decidir sobre la exoneración hasta que se resuelva ese caso

  • El deudor ha actuado de buena fe: se considera actuar de buena fe tener un comportamiento honesto, haber intentado liquidar las deudas y comprometerse a seguir actuando sin omisión ni falsificación de datos. Los juzgados exigen identificar correctamente todas las deudas y acreedores

  • El deudor no ha rechazado ninguna oferta laboral en los 4 años anteriores

  • El deudor se compromete a cumplir con el plan de pagos que se establecerá

  • No haberse acogido a esta ley en los 5 años previos (antes eran 10 años, reducido con la reforma)

  • La deuda no puede superar los 5 millones de euros

Aunque la Ley no establece un importe mínimo de deuda, no se aconseja acogerse a ella si las deudas no superan un mínimo de 10.000 €.

Esto se debe a que los costes del procedimiento son elevados. Según el tipo de caso:

  • Casos sencillos (sin vivienda, pocos acreedores): entre 2.000 € y 2.500 € incluyendo abogado y procurador
  • Casos de complejidad media: entre 2.500 € y 4.000 €
  • Casos complejos (con vivienda habitual, autónomos con actividad): entre 3.500 € y 5.000 € o más

Muchos despachos ofrecen planes de pago fraccionado (cuotas de 100-150 € al mes) para que los honorarios no sean un impedimento.

¿Y qué ocurre en los matrimonios?

Si estás casado y en proceso de quiebra, y aún no has liquidado tus bienes compartidos con tu cónyuge, el beneficio de la exoneración de deudas también se aplica a tu pareja.

No importará si el cónyuge no esté en quiebra pues aplicará por igual a las deudas que afecten a los bienes comunes.

¿Qué deudas pueden cancelarse con la Ley de la Segunda Oportunidad? 

Con la nueva normativa se han ampliado las deudas que pueden ser perdonadas, permitiendo mayor flexibilidad al deudor.

Prácticamente se pueden cancelar todas las deudas en entidades financieras, por ejemplo en préstamos personales, préstamos bancarios, o tarjetas.

Deudas que se pueden exonerar:

  • Deudas en tarjetas de crédito

  • Deudas en préstamos personales y bancarios

  • Deudas de la hipoteca

  • Deudas con Hacienda o Seguridad Social hasta un máximo legal de 10.000 € por acreedor (los primeros 5.000 € de deuda se perdonan completamente; del tramo entre 5.000 € y 10.000 € se perdona el 50%). En la práctica, el Tribunal Supremo está permitiendo la exoneración de importes superiores.

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¿Qué deudas no pueden cancelarse con la Ley de la Segunda Oportunidad? 

No todas las deudas pueden cancelarse, y algunas pueden cancelarse solo una parte.

Algunas deudas siguen siendo obligatorias por ejemplo las deudas de la pensión alimenticia, hipotecas y ciertas deudas con el gobierno:

Deudas obligatorias que no pueden cancelarse:

  • Deudas en gastos judiciales

  • Deudas de pensión alimenticia

  • Deudas en multas

  • Deudas con Hacienda que superen los 10.000€

  • Deudas con la Seguridad Social que superen los 10.000€

  • Deudas por responsabilidad civil extracontractual: son deudas cuando se causa un daño a otra persona sin que exista un contrato previo entre ambas, por ejemplo un accidente de tráfico, daño de una propiedad, etc.

¿Cómo funciona la Ley de Segunda Oportunidad?

El proceso generalmente sigue estos pasos y se realizará en el juzgado de la ciudad de residencia donde se esté empadronado. 

Solicitud ante el juzgado

Este proceso comienza con una solicitud que se envía al Juzgado Mercantil, explicando detalladamente la situación del deudor. Es decir explicando la situación y mostrando los ingresos y documentos necesarios para que el Juzgado pueda analizar si se cumple los requisitos para poder acogerse a esta Ley.

Evaluación de viabilidad

El juzgado evalúa la viabilidad del caso. Se analiza la situación financiera, los ingresos, los bienes y las deudas.

Inicio del proceso judicial

En el caso de que el deudor cumpla con los requisitos, se inicia el proceso judicial.  Durante el proceso se ofrecerá dos opciones al deudor:

Vender los bienes para pagar las deudas Crear un plan de pagos sin tener que vender todos los bienes Solicitar la cancelación total de las deudas (EPI)por no tener ningún bien

Estas opciones se pueden cambiar posteriormente, por ejemplo, si alguien elige inicialmente el plan de pagos, más adelante puede decidir vender sus bienes si lo prefiere. Además durante este periodo el deudor está protegido de acciones legales por parte de los acreedores. No pueden ejecutar garantías ni tomar medidas para recuperar las deudas, es decir no puede ser embargado.

Sentencia judicial

Finalizados todos los procesos, el juzgado emite una sentencia que declara la exoneración de las deudas. Así el deudor queda liberado de manera permanente de las deudas que no pudo pagar, mediante una decisión oficial del juez llamada Auto Judicial  Esta sentencia es fundamental para que el deudor pueda empezar de nuevo sin la carga financiera anterior.

Registro de la exoneración

La exoneración se registra en los archivos judiciales y en en el Registro Público Concursal y estará disponible al público por un período de 5 años. Esto permite que el deudor pueda demostrar su situación a futuros prestamistas.

3 Tipos de procesos

Existen 3 procesos aplicables al aplicar la Ley de Segunda Oportunidad:

Vender los bienes para cancelar las deudas

El deudor puede eliminar todas sus deudas pendientes, excepto aquellas que la ley no permite exonerar, a cambio de ofrecer todos sus bienes si los tiene.

Es decir, el deudor escoge « vender» su patrimonio (vivienda o cualquier otro bien o activo que tenga)  para liquidar y poder así cancelar las deudas. 

Por ejemplo, si solo tienes una vivienda que está hipotecada, puedes ofrecer esa vivienda y de esta manera se cancelarían las deudas. 

En tal caso se iniciaría el proceso de «concurso consecutivo» y se pondrían las propiedades en subasta pública.

En este proceso, se solicitará la cancelación de todas las deudas y es gestionado por mediador concursal. Es decir una persona designada para facilitar y mediar en procesos relacionados con la insolvencia de la persona. 

Este proceso puede durar entre 3 y 9 meses, según la competencia y rapidez del juzgado. 

Crear un plan de pagos sin tener que vender el patrimonio

Con esta opción no se cancelarían todas las deudas, sin que en el caso de escoger un plan de pagos y una posible negociación para liquidarlas.

El deudor no tendrá que ofrecer su patrimonio para eliminar las deudas, sino que  se creará un plan ajustado a la situación económica del deudo r.

Es decir ajustado a los ingresos que reciba, para que poco a poco pueda ir realizando la devolución de los préstamos e ir pagando las deudas. 

Este plan de pagos puede incluir una reestructuración de las deudas y  durante este proceso los acreedores tienen 10 días para alegar  y decir si están de acuerdo con conceder el beneficio

En caso de obtener respuesta de los acreedores o de consentir, y con la aprobación del juez, se inicia el proceso de reestructuración que  suele durar 3 años, aunque en ocasiones puede ser hasta 5 años, dependerá del perfil de cada persona. 

Acceso limitado a tu dinero

Es posible que el juez decida que no tengas acceso o que sea un acceso limitado a tu dinero, y por tanto puedes perder el control de tu patrimonio.  Esto lo hacen para asegurarse que el deudor no gastará el dinero innecesariamente y solo concederán el dinero mínimo para los gastos necesarios.

Es muy importante que el deudor cumpla con el plan de pagos acordado y realice los pagos en las fechas indicadas y por las cantidades especificadas.

Así al final del proceso, se cancelarán las deudas restantes, pero en caso contrario dejará de beneficiarse de la Ley de Segunda Oportunidad por no actuar de buena fe.

No tener bienes para liquidar la deuda.

Existe la opción de que el deudor no tenga bienes que puedan ayudar a solventar las deudas.

En tal caso los abogados solicitarán la cancelación total de la deuda conocido como exoneración del pasivo insatisfecho (EPI)

¿Ejemplos de quién puede recurrir a la Ley de Segunda Oportunidad?

Como hemos indicado anteriormente, solo pueden acogerse a esta Ley de la Segunda Oportunidad en España personas físicas y autónomos. 

  • Deudores particulares en situación de insolvencia con múltiples préstamos. Por ejemplo si una persona que se ha visto sobrepasada por deudas provenientes de préstamos personales, hipotecas y tarjetas de crédito, y que no puede pagarlas, podría acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad para buscar una solución que le permita liquidar esas deudas de manera justa.

  • Autónomos con negocios fallidos: por ejemplo un emprendedor que ha tenido un negocio que no ha funcionado como esperaba y que ha acumulado deudas con proveedores, acreedores y organismos públicos, podría utilizar esta Ley para cerrar su actividad empresarial de forma ordenada y comenzar de nuevo sin la carga de esas deudas.

  • Personas afectadas por una crisis económica: por ejemplo una persona que se encuentre en situaciones de desempleo prolongado o con reducciones significativas en sus ingresos, lo que puede llevarlas a acumular deudas que no pueden pagar. La Ley de Segunda Oportunidad proporciona un mecanismo legal para que estas personas puedan reestructurar o cancelar esas deudas y recuperar su estabilidad financiera.

  • Personas con deudas médicas abrumadoras: Las facturas médicas pueden ser abrumadoras, especialmente en casos de enfermedades graves o accidentes. Aquellas personas que se encuentren en una situación en la que no pueden hacer frente a sus deudas médicas podrían acogerse a esta Ley para aliviar su carga financiera y empezar de cero.

En cada uno de estos casos, la Ley de Segunda Oportunidad permite una vía legal para que puedan liberarse de deudas que no pueden pagar y obtener una nueva oportunidad para reconstruir su situación financiera. 

Sin embargo, es importante destacar que el proceso es muy complejo y es recomendable buscar asesoramiento legal especializado.

Anotación:

La Ley de Segunda Oportunidad España solo es posible para aquellas personas que están en situación de insolvencia y no sobre endeudamiento. Estos dos conceptos aunque se parecen, tienen diferencias.

¿Qué pasa después de la Ley de Segunda Oportunidad?

Una vez finalizado todo el proceso se cancelan todas las deudas, de esta manera la persona puede volver a empezar de nuevo desde cero.

Por tanto, todas las deudas desaparecen, sin embargo, durante los siguientes 3 años, el juzgado puede revisar el caso si los acreedores lo solicitan.

Esto sucedería si hubiera sospechas de que el deudor no ha actuado de buena fe o ha recibido ingresos inesperados y no los ha comunicado.

Además de cancelarse todas las deudas, supone la salida inmediata de los ficheros de morosidad como ASNEF.

Este proceso lo deben realizar los acreedores y el deudor no tendrá que gestionar el borrado de los datos en los ficheros de morosos. Aunque recomendamos realizar comprobaciones para verificarlo.

En este artículo explicamos cómo saber si estás en ASNEF y cómo salir, ya que puedes consultar los ficheros gratuitamente.

Así pues, el perfil del deudor vuelve a estar limpio y está en situación de poder solicitar nuevamente préstamos, tarjetas o incluso ser aceptado por empresas de seguros o inmobiliarias para el alquiler de la vivienda.

Posible anulación de la Ley Segunda Oportunidad:

Durante tres años, el tribunal puede revisar el caso si un acreedor lo solicita. 

Si descubre que hubo mala fe, como ocultar bienes o ingresos, o si la situación económica del deudor cambia significativamente, puede revocar, es decir cancelar todo el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad. 

También se puede anular si el deudor estaba en un proceso penal o administrativo al momento de recibir la eliminación de la deudas.

Pros y contras de la Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad está enfocada a personas que realmente están en un agujero sin salida, un sistema que ayuda a estos individuos a volver a encarrilarse y poder ser reinsertados en el sistema. 

Ahora bien, es un proceso judicial complejo, y no siempre podría ser la mejor solución.

Aquí listamos algunas de las ventajas y desventajas para que tenerlo en consideración, sin embargo recomendamos acudir a un abogado especialista.

Ventajas:

  • Nuevo comienzo financiero con la cancelación de las deudas: ya sea total o parcial, permitiendo liberar la carga financiera y ofreciendo un nuevo respiro a aquellos que por circunstancias adversas no pueden asumir los pagos

  • No exige vender los bienes: con la normativa actual puedes mantener la vivienda habitual o vehículo

  • Suspensión de pagos: una vez activada la segunda oportunidad, los deudores no están obligados a seguir pagando las deudas a sus acreedores

  • Paralización de intereses y recargos: al suspender los pagos de las deudas, también se detienen los intereses y recargos asociados

  • Interrupción de embargos y ejecuciones: cualquier proceso judicial de reclamación de deudas en curso se detiene automáticamente. Los embargos pueden cancelarse y las cantidades embargadas pueden ser devueltas

  • Borrado en los registros de morosos: al finalizar todo el proceso el acreedor está obligado a eliminar automáticamente los datos del deudor en ficheros como ASNEF

Desventajas:

  • Requisitos estrictos: la rigidez de los requisitos excluye a muchas personas de la posibilidad de acogerse a esta ley

  • Es un proceso judicial complejo: requiere abogado especializado y puede durar entre 3 y 18 meses según el caso y la comunidad autónoma

  • No se pueden cancelar todas las deudas: hay ciertas deudas que no pueden eliminarse, como la pensión alimenticia o multas

  • Acceso limitado a tu patrimonio: es posible que el tribunal decida que durante el plan de pagos el deudor no tenga control ni acceso a sus ingresos

  • Los datos del deudor se hacen públicos: la información se registra en el Registro Público Concursal y cualquier persona puede acceder durante 5 años

  • Coste del proceso: los honorarios de abogado oscilan entre 2.000 € y 5.000 €, lo que puede ser una barrera para deudores sin recursos

Opiniones de la Ley de Segunda Oportunidad

Las opiniones sobre la Ley de Segunda Oportunidad son diversas.

Algunos la consideran una herramienta valiosa para la recuperación financiera, mientras que otros critican su complejidad y restricciones.

Para aquellos que han actuado de buena fe pero han sido arrastrados por crisis económicas, puede representar una bocanada de aire fresco. Eso sí, tiene implicaciones, por ejemplo que puedes perder el control de tu dinero durante el proceso.

Esta ley no está hecha para evadirse de las cargas financieras ni para aprovecharse del sistema, ya que las restricciones en los requisitos lo imposibilitan.

Si te encuentras en una situación de sobreendeudamiento, valora primero otras alternativas como la reunificación de deudas o acude a un abogado especializado que te indique si la Ley de Segunda Oportunidad es adecuada para tu caso.

Nota

En Financer no somos abogados especialistas

Este artículo tiene únicamente fines informativos para proporcionar al lector una visión general de este proceso judicial. Por favor, contacta con un especialista para obtener información más detallada.

Preguntas frecuentes sobre la Ley de Segunda Oportunidad

¿Tiene algún coste la Ley de Segunda Oportunidad?

Sí, al tratarse de un proceso judicial es obligatorio pagar los costes implicados, además de los honorarios de los abogados. El coste total oscila entre 2.000 € y 5.000 €, dependiendo de la complejidad del caso. Los procedimientos sencillos (sin vivienda, pocos acreedores) se sitúan en la parte baja, mientras que los casos con vivienda habitual o autónomos con actividad pueden alcanzar los 5.000 €. Muchos despachos ofrecen planes de pago fraccionado.

¿Perderé mi vivienda al acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?

No necesariamente. Con la normativa actual, si tienes una propiedad considerada vivienda habitual, la ley ofrece protección reforzada y no tienes por qué perderla. Puedes optar por un plan de pagos ajustado a tu nivel económico para conservarla. Solo perderías la vivienda si tú mismo decides ofrecerla para liquidar las deudas.

¿Es obligatorio llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores?

No. Con la reforma, ya no es obligatorio intentar un acuerdo extrajudicial de pagos.

Se ha eliminado la fase extrajudicial, por lo que el procedimiento pasa directamente al juzgado mercantil sin necesidad de notaría, Registro Mercantil ni mediador concursal.

Con el plan de pagos, ¿puedo escoger qué deudas liquidar primero?

No, la normativa exige un orden prioritario de deudas que hay que liquidar primero, conocido como créditos contra la masa.

¿Cuánto dura todo el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad?

El proceso puede durar desde un mes hasta un año y medio, dependiendo del caso y de la carga de trabajo de los juzgados. En comunidades como Cataluña, Madrid o Valencia, donde hay más saturación, los plazos pueden alargarse. Por lo general, suele durar aproximadamente 6 meses.

¿Puedo pedir un préstamo después de la Ley de Segunda Oportunidad?

Sí, el perfil financiero se restaura completamente y la persona puede volver a solicitar créditos.

No obstante, la información del proceso permanece en el Registro Público Concursal durante 5 años, y las entidades financieras privadas pueden consultarla antes de aprobar una solicitud.

¿Cuántas veces puedo acogerme a esta Ley?

No hay un límite máximo. Sin embargo, debe transcurrir un período mínimo de 5 años (antes eran 10) entre una solicitud y la siguiente. Si pasado ese tiempo la persona volviera a estar en situación de insolvencia, podría volver a acogerse cumpliendo con los requisitos.

¿Puedo solicitar la Ley de Segunda Oportunidad gratis?

No, el proceso tiene costes asociados, principalmente los honorarios del abogado y procurador. Sin embargo, si acreditas insuficiencia de recursos, puedes solicitar asistencia jurídica gratuita a través del turno de oficio.

¿Cómo acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

Para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, consulta primero con un abogado especializado. Posteriormente, reúne la documentación necesaria (ingresos, deudas, bienes) para que pueda presentar la solicitud ante el juzgado mercantil de tu domicilio.

¿Dónde solicitar la Ley de Segunda Oportunidad?

Es recomendable gestionarlo a través de un abogado especializado, que presentará la solicitud en el juzgado de lo mercantil correspondiente al domicilio donde estés empadronado.

¿Qué pasa si no cumplo con el plan de pagos?

Si no cumples con el plan de pagos establecido, el juez revocará todos los beneficios obtenidos con la Ley de Segunda Oportunidad. Las deudas que tenías volverán a estar activas, y podrías enfrentar costes extras derivados del proceso.

¿Qué deudas quita la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley permite cancelar deudas en tarjetas de crédito, préstamos personales y bancarios, hipotecas y deudas con Hacienda o Seguridad Social hasta 10.000 € por acreedor (aunque el Tribunal Supremo está permitiendo importes superiores). No se pueden cancelar la pensión alimenticia, multas, ni deudas por responsabilidad civil extracontractual.

¿Es fiable la Ley de Segunda Oportunidad?

Sí, es una ley regulada y supervisada por los juzgados mercantiles españoles. No se trata de una estafa ni de un atajo, sino de un mecanismo legal con requisitos estrictos. Lo importante es acudir a un abogado especializado y desconfiar de quienes prometen resultados sin verificar tu situación.

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